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Telecinco tendrá que indemnizar a una joven por relacionarla con Patricia Conde
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Telecinco tendrá que indemnizar a una joven por relacionarla con Patricia Conde

Un reportaje del programa de Está pasando le va a salir muy caro a Telecinco. Concretamente, por el precio de 35.209 euros. La Audiencia de Valladolid

Foto: Telecinco tendrá que indemnizar a una joven por relacionarla con Patricia Conde
Telecinco tendrá que indemnizar a una joven por relacionarla con Patricia Conde

Un reportaje del programa de Está pasando le va a salir muy caro a Telecinco. Concretamente, por el precio de 35.209 euros. La Audiencia de Valladolid ha condenado a la cadena de Paolo Vasile a pagar esa cifra a una joven vallisoletana porque en dicho espacio se insinuó que podría estar manteniendo una relación homosexual con Patricia Conde.

Además, el juez ha impuesto que esta sentencia sea publicada en El Norte de Castilla, por ser el diario de mayor difusión de Castilla y León, en tres diarios de tirada nacional y en el programa imputado, aunque no esté actualmente en antena.

Según los hechos declarados por la Audiencia, el 20 de marzo de 2008 se emitieron unas imágenes en Telecinco acompañadas de comentarios relativos a la relación existente entre la demandante y la conocida presentadora insinuando que podrían mantener una relación homosexual.

De este modo, la Audiencia rechaza el recurso de apelación de la cadena y sostiene tras evaluar el reportaje emitido que “la combinación de fotografías que comprende el mismo y el tono de los comentarios que las adornan, tiene una única finalidad, la de sugerir al espectador menos perspicaz que entre las dos protagonistas del reportaje existía una relación sentimental y afectiva de pareja más allá de la simple amistad”.

La cadena alegó que de la emisión solo se desprendía una “relación de buena amistad, especial, íntima y sincera” negando que se hablase de una relación de pareja.

Sin embargo, los jueces reconocen que el programa se incluye dentro del género periodístico de crónica social, y puede tener interés público e informativo del que la vallisoletana sería meramente un personaje accesorio. Sin embargo, entienden que lo emitido no “tenía ningún interés objetivo para el público” y la única pretensión “era la de molestar o atacar a la presentadora en un paso más de la lucha por la audiencia que libran las cadenas televisivas”.

La sentencia concluye que se ha vulnerado el derecho al honor de la joven afectada al haberse realizado insinuaciones sobre su posible conducta sexual, y que “sin ser cierta la aseveración realizada puede afectar a la fama, consideración y dignidad de la persona con menoscabo en sus relaciones familiares, personales, laborales y sociales (…) al ser convertida en mero instrumento para atacar o molestar a la persona de proyección pública, que con ella aparece en el reportaje fotográfico jocosamente comentado”.

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