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El Supremo confirma la condena de 17 años de inhabilitación del juez Elpidio Silva
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por un delito de prevaricación continuada

El Supremo confirma la condena de 17 años de inhabilitación del juez Elpidio Silva

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 17 años y medio de inhabilitación impuesta al exjuez un delito cometido durante su investigación sobre Gerardo Díaz Ferrán y Miguel Blesa

Foto: El exjuez Elpidio José Silva (2d), junto a su abogado Gonzalo Boye (d) en una imagen reciente (EFE)
El exjuez Elpidio José Silva (2d), junto a su abogado Gonzalo Boye (d) en una imagen reciente (EFE)

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 17 años de inhabilitación al juez Elpidio José Silva por su “voluntad persecutoria” respecto del expresidente de Caja Madrid, Miguel Blesa, a quienencarceló en dos ocasiones, en cuestión de veinte días, y sin dar ningún tipo de explicación racional en sus resoluciones.

El alto tribunal entiende que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid está bien estructurada y confirma que Silva dio un trato de favor al abogado de la acusación popular representada por Manos Limpias, en detrimento del abogado de la defensa, “llegando a no tramitar los recursos formalizados por la defensa del imputado”.

La Sala, presidida por Manuel Marchena, considera que Silva, apartado de la carrera judicial, abrió una causa general en la que se investigaba todo el proceso de gestión al frente de la caja de ahorros antes de su intervención por el Estado. También califica de prevaricadoras las entradas y registros en Bankia para la intervención, entre otros, de los correos electrónicos en los que se ordena la injerencia “sin una mínima argumentación”.

En la sentencia, los magistrados recuerdan que no se trata de analizar si existe delito en el comportamiento de Blesa sino en el del juez por adoptar resoluciones injustas a sabiendas. El ya exmagistrado alegó en su defensa que el hecho de que no dejaran en su juicio aportar los correos electrónicos de Blesa para poder demostrar que su ingreso en prisión era justicicada vuelnera su derecho de defensa. Esos 'mails' podrían acreditar “unos tratos, gestiones y labores muy comprometedoras” para Blesa y que fueron “la base sobre la que se construyó la imputación".

Una cadena de prevaricaciones

“No nos corresponde, como pretende el recurrente, que analicemos si la instrucción de la causa era, o no, procedente, si existían, o no, indicios para una investigación, sino comprobar que las resoluciones son injustas, que se han dictado a sabiendas de su injusticia y los extremos fácticos y jurídicos que las partes del enjuiciamiento han incluido en sus escritos de calificación, al tiempo del juicio oral, y en la impugnación casacional y de los informes de las partes en esa impugnación”, recoge la resolución.

Desde esta perspectiva “la prueba era impertinente”, pues, según el Supremo, “no tenía relación con el objeto del proceso, e innecesaria porque lo que pretendía acreditar no era relevante al enjuiciamiento del objeto de este proceso penal, que no era la procedencia o no de su investigación sino la adopción de unas resoluciones que son calificadas de prevaricadoras”.

Para el tribunal, no es una sino varias las resoluciones prevaricadoras de Silva. El hecho de primero sobreseer el caso contra Blesa por la concesión de un crédito al empresario Gerardo Díaz Ferrán para dos años después reabrirlo sin demostrar que habían aparecido indicios nuevos es prevaricador. Iniciar una investigación por la compra del Banco de Miami sin demostrar ninguna conexión con el caso anterior, también es prevaricador. Acordar la prisión en dos ocasiones sin recoger en la resolución qué riesgo real de fuga, destrucción de pruebas o reiteración delictiva había en Blesa, también es prevaricador.

“En fundamento de la prisión sin fianza, que se superpone a la adoptada 20 días antes de prisión con fianza que había sido consignada, no argumenta nada. Reproduce lo expuesto en el anterior auto y ordena la prisión, esta vez sin fianza y si acordar la devolución de la impuesta ni justificar el cambio de criterio. Su actuar es doloso pues el autor conoce las circunstancias concurrentes y los deberes que le incumben. La resolución ha sido dictada con incumplimiento consciente de su deber jurisdiccional produciendo la resolución injusta”.

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 17 años de inhabilitación al juez Elpidio José Silva por su “voluntad persecutoria” respecto del expresidente de Caja Madrid, Miguel Blesa, a quienencarceló en dos ocasiones, en cuestión de veinte días, y sin dar ningún tipo de explicación racional en sus resoluciones.

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