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El TC anula el veto de los toros en Cataluña porque invade competencias estatales
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El TC anula el veto de los toros en Cataluña porque invade competencias estatales

El alto tribunal argumenta que la tauromaquia fue declarada por el Estado patrimonio cultural inmaterial en 2013 y 2015 y esas leyes no fueron recurridas

Foto: Festejo en Barcelona. (EFE)
Festejo en Barcelona. (EFE)

El Tribunal Constitucional ha anulado este jueves la ley del Parlamento catalán que prohibió las corridas de toros en Cataluña en 2010. Los magistrados consideran que ese veto invade competencias estatales, ya que el Gobierno central declaró la tauromaquia patrimonio cultural inmaterial en dos leyes de 2013 y 2015 que no fueron recurridas. La sentencia, que todavía no ha sido notificada, asegura que Cataluña tiene atribuida la potestad para regular los espectáculos públicos y para proteger a los animales, pero esa competencia autonómica no puede invadir las estatales en materia de cultura, aseguran fuentes jurídicas.

El Constitucional anula la prohibición de los toros en Cataluña



El recurso de inconstitucionalidad contra la ley catalana fue presentado en 2010 por el grupo del PP catalán en el Senado. El Constitucional anula seis años después el artículo primero de la Ley de Protección de Animales, reformada ese mismo año para incluir la prohibición de las corridas. El recurso aseguraba que ese veto conculcaba varios derechos, entre ellos el de la educación, el del acceso a la cultura y la obligación de los poderes públicos de enriquecer el patrimonio histórico, además de la distribución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas.

La decisión, que se ha adoptado por mayoría y de la que ha sido ponente la magistrada catalana Encarnación Roca, se basa, según fuentes jurídicas, en este último argumento, que la prohibición catalana vulnera el acuerdo estatal de declarar los toros patrimonio inmaterial adoptada por dos leyes de 2013 y 2015. Si esas leyes no se hubieran promulgado, la prohibición, según los magistrados, podría haber salido adelante, ya que Cataluña tiene la competencia de protección de animales y regulación de espectáculos públicos. La resolución ha contado con los votos a favor de ocho magistrados, tres se han mostrado en contra —la vicepresidenta, Adela Asua, Fernando Valdés y Juan Antonio Xiol— y se ha anunciado un voto particular de estos últimos.

La resolución considera que la ley catalana "ha menoscabado" la competencia del Estado para "la preservación del patrimonio cultural común". El tribunal explica que el artículo recurrido, el primero, se inscribe tanto en el ámbito de la protección de los animales como en el de la regulación de los espectáculos públicos, materias cuya competencia corresponde a la Generalitat. Pero, según los magistrados, el ejercicio de esas competencias debe “cohonestarse” con las que la Constitución reserva al Estado; por esta razón, la norma impugnada debe ser analizada bajo el prisma de los artículos relativos a las competencias de defensa del patrimonio cultural y de seguridad pública.

Respecto a la materia de seguridad pública, los magistrados aseguran que “no cabe duda”, de que la comunidad autónoma ostenta competencias en materia de "policía de espectáculos", una materia que es diferente a la de seguridad pública atribuida por la Constitución al Estado. En consecuencia, el ejercicio de dicha competencia por Cataluña podría incluir “la facultad de prohibir determinado tipo de espectáculo por razones vinculadas a la protección animal”. Sin embargo, según la sentencia, el ejercicio de dicha facultad “ha de cohonestarse con las que, en esa materia, estén reservadas al Estado, que no pueden verse perturbadas o menoscabadas”.

Y en este caso, es el Estado el que tiene atribuido el servicio de la cultura y, en concreto, la competencia exclusiva en materia de defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental español. “La tauromaquia tiene una indudable presencia en la realidad social de nuestro país”, mantienen los magistrados. Los toros “son una actividad con múltiples facetas o aspectos que explican la concurrencia de competencias estatales y autonómicas en su regulación”, dado “su complejo carácter como fenómeno histórico, cultural, social, artístico, económico y empresarial”. Como “una expresión más de carácter cultural”, las corridas de toros “pueden formar parte del patrimonio cultural común que permite una intervención del Estado dirigida a su preservación", concluye la sentencia.

El Estado ya ha hecho uso de esa competencia exclusiva al declarar formalmente la tauromaquia como patrimonio cultural. Además de la dimensión cultural del fenómeno recogida en la ley desde 1991 y mencionada por el Tribunal Supremo, la Ley de Regulación de la Tauromaquia de 2013 y la de Patrimonio Cultural Inmaterial de 2015 así lo han establecido, según la sentencia. Esas leyes, que son posteriores a la catalana que prohibió los toros, no han sido recurridas por nadie.

“El respeto y la protección de la diversidad cultural de los pueblos de España que deriva del citado art. 46 CE, y que no es si no manifestación de la diversidad propia de nuestro Estado autonómico, parte precisamente de la imposibilidad de prohibir, en una parte del territorio español, una celebración, festejo, o en general una manifestación de una arraigada tradición cultural si su contenido no es ilícito o no atenta contra otros derechos fundamentales”, señala la resolución. Se trata, por el contrario, “de garantizar que aquellas tradiciones implantadas a nivel nacional se vean complementadas y enriquecidas con las tradiciones y culturas propias de las comunidades autónomas”.

El Ayuntamiento de Barcelona trabajará "para que la sentencia del TC quede sin efectos prácticos"

Colau: "No habrá toros en Barcelona"

Ante esta decisión judicial, la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, ha asegurado que "diga lo que diga" el Tribunal Constitucional, la capital catalana impedirá las corridas de toros al considerarlas maltrato. "Barcelona es una ciudad antitaurina desde 2004. Haremos cumplir las normativas que impiden el maltrato animal", tal y como ha escrito en su perfil de Twitter.

Iglesias: "No me gusta el maltrato animal"

El líder de Podemos, Pablo Iglesias, ha mostrado su disgusto por la decisión del Tribunal Constitucional de anular la prohibición de las corridas de toros en Cataluña. "Es una mala noticia, a mí no me gusta el maltrato animal. Estoy de acuerdo con Ada [Colau]. Ojalá se respete la decisión del Parlament porque esto supone que no haya maltrato animal en Cataluña", ha dicho en declaraciones a La Sexta.

Por su parte, el portavoz de Podemos en el Congreso, Íñigo Errejón, también ha mostrado su contrariedad y ha señalado que el alto tribunal debe tener "una ventanilla particular para Cataluña", porque las decisiones que afectan a esta comunidad "salen muy rápido". "El TC tiene una particularidad que nos extraña, porque parece funcionar solo para Cataluña", ha dicho Errejón en los pasillos de la Cámara Baja, recordando que este tribunal tiene "parado" el conflicto de atribuciones que le planteó el Congreso por la negativa del Gobierno a someterse al control parlamentario.

En todo caso, el dirigente de la formación morada ha querido dejar claro que Podemos no está de acuerdo con el dictamen del Constitucional porque, a su juicio, España debe ir "avanzando hacia fiestas libres de maltrato animal".

Desobedecer la sentencia del TC

Por su parte, la CUP ha pedido desobedecer al Constitucional. "Estamos hartos de que el TC toree este país. Estamos hartos de estas estocadas que la Justicia española politizada hace al Parlament", ha dicho la diputada de la CUP Mireia Boya.

En declaraciones a los medios desde los pasillos de la Cámara catalana, ha defendido que, seis años después de que el Parlament aprobara la prohibición, esta ya está aceptada socialmente por los ciudadanos, por lo que ve innecesario abrir la puerta a que vuelvan los toros, "que más que cultura son tortura". "Si este Parlament es soberano, ahora nadie se puede plantear que los toros puedan volver", ha sentenciado la diputada anticapitalista, que ha recordado que la prohibición surgió de una iniciativa legislativa popular impulsada por entidades animalistas.

La misma línea ha seguido Junts Pel Sí, que advierte de que "no hay marcha atrás" en la prohibición de las corridas de toros en Cataluña. "Para nosotros, lo primero es la democracia y no las sentencias que dicte el TC", ha afirmado el diputado Ferran Civit.

La 'marca' de Podemos en Cataluña, Sí Que Es Pot, también ha pedido no acatar la anulación, abogando por recurrir en tribunales internacionales esta decisión. Además, consideran que los toros son una tradición "más propia de la Edad Media que del siglo XXI".

Por último, la plataforma Prou!, impulsora de la iniciativa legislativa popular que desencadenó la prohibición en 2010 de las corridas de toros en Cataluña, ha calificado de "vergonzoso retorno al pasado" la sentencia del Tribunal Constitucional. "Es imposible creer que esta sentencia responda a patrones meramente jurídicos sino que se trata de una decisión política", ha lamentado la plataforma, al cargar contra la defensa a ultranza de la tauromaquia por parte del PP y de su líder, Mariano Rajoy, durante la campaña electoral con la finalidad de intentar anular la ley catalana, según la plataforma.

El Tribunal Constitucional ha anulado este jueves la ley del Parlamento catalán que prohibió las corridas de toros en Cataluña en 2010. Los magistrados consideran que ese veto invade competencias estatales, ya que el Gobierno central declaró la tauromaquia patrimonio cultural inmaterial en dos leyes de 2013 y 2015 que no fueron recurridas. La sentencia, que todavía no ha sido notificada, asegura que Cataluña tiene atribuida la potestad para regular los espectáculos públicos y para proteger a los animales, pero esa competencia autonómica no puede invadir las estatales en materia de cultura, aseguran fuentes jurídicas.

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