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Isabel Pantoja: el artículo del Código Civil que podría inclinar la balanza a su favor frente a los Rivera
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GRAN POLÉMICA

Isabel Pantoja: el artículo del Código Civil que podría inclinar la balanza a su favor frente a los Rivera

El abogado de Francisco y Cayetano Rivera está dispuesto a poner una demanda civil de petición de herencia

Foto: Isabel Pantoja. (Getty)
Isabel Pantoja. (Getty)

Joaquín Moeckel tiene claro que va a seguir adelante judicialmente si Isabel Pantoja no entrega los enseres que sus representados Francisco y Cayetano Rivera reclaman a la viuda de su padre, una vez que han realizado un segundo requerimiento notarial a la tonadillera en la notaría de Medina Sidonia. Cynthia Ruiz, letrada que representa los intereses de la intérprete de 'Marinero de luces', ha manifestado en declaraciones a nuestra compañera Paloma Barrientos que este asunto ha prescrito, pero... ¿es eso cierto?

El abogado sevillano invoca en nuestro medio el artículo 1969 del Código Civil, que establece lo siguiente: "El tiempo para la prescripción de toda clase de acciones, cuando no haya disposición especial que otra cosa determine, se contará desde el día en que pudieron ejercitarse". Y nos recalca que la legislación española establece que en cuestiones de herencias estaríamos hablando de 30 años, a contar, según sus afirmaciones, desde la última sentencia de 1997. En ella se estipulaba que la artista no estaba obligada a devolver los enseres, aunque sus representados podrían haber recurrido a la siguiente instancia, el Supremo, algo que no hicieron.

En efecto, el artículo 1963 establece este plazo de 30 años para "la prescripción de las acciones reales sobre bienes inmuebles", aunque en este caso estamos hablando de bienes muebles: los enseres del torero. El resto de propiedades, que aparecían recogidas en el testamento que Paquirri había firmado el 30 de abril de 1983, el mismo día que se casaba con Isabel Pantoja, ya fueron repartidas, con todos los herederos de acuerdo tras un largo proceso que acabó en septiembre de 1987. Y esos mismos herederos también firmaron de conformidad el documento anexo en el que se establecía el inventario de esos objetos todavía en litigio.

Foto: Fran y Cayetano Rivera, en Málaga. (Cordon Press)

Por este motivo, el letrado Félix Bornstein recalca la importancia del paso del tiempo en este conflicto y nos remite al artículo 1955 del Código Civil, que es clave para entender este asunto: "El dominio de los bienes muebles se prescribe por la posesión no interrumpida de tres años con buena fe. También se prescribe el dominio de las cosas muebles por la posesión no interrumpida de seis años, sin necesidad de ninguna otra condición". O lo que es lo mismo: transcurrido el plazo de seis años, esos objetos pasarían a ser propiedad de Pantoja, pero vayamos por partes...

Este mismo artículo nos remite al 464, en el que se estipulan las circunstancias en que los herederos podrían ejercer sus derechos en el caso de reclamar unos determinados bienes, como es el caso de Francisco y Cayetano: "La posesión de los bienes muebles, adquirida de buena fe, equivale al título. Sin embargo, el que hubiese perdido una cosa mueble o hubiese sido privado de ella ilegalmente podrá reivindicarla de quien la posea". Dicho de otra manera: ambos hermanos estarían en su derecho de hacer esta reclamación a la que fuera la segunda mujer de su padre.

Los pasos que podrían dar Francisco y Cayetano

Nos ponemos en contacto con Rafael Vallet, abogado y socio de Lener Asesores, quien hace la siguiente interpretación de estos artículos: "Si alguien hubiera adquirido unos objetos de buena fe, significaría que a los tres años ya serían suyos, pero si no hubiera habido buena fe y la puedes probar, habría un camino para reclamarlos por vía civil, algo que no es nada fácil. Lo primero que haría en un caso de estas características sería un requerimiento notarial (el paso que ha dado Joaquín Moeckel), porque no puedes ir por una vía directa, en el que dijeras que son tuyos en virtud de una herencia. A partir de ahí emprendería la reclamación. Para hacerlo debería alegar que mis representados no eran conscientes de que esos objetos estaban en posesión de esa persona, porque si no, los plazos que marca el artículo 1955 también corren".

¿Eran conscientes Francisco y Cayetano Rivera de que Isabel Pantoja poseía esos objetos? Esta pregunta presenta muchas aristas, porque se ha dado por hecho que los tenía la cantante pero se negaba a devolverlos, y al mismo tiempo se hablaba de un hipotético robo en Cantora que le impidió hacerlo. Sin embargo, todo cambia cuando Kiko Rivera, en el primer especial de 'Cantora, la herencia envenenada', asegura haber visto el pasado mes de agosto en la finca de Medina Sidonia esos supuestos objetos en litigio y haber informado a sus hermanos. La abogada de su madre, Cynthia Ruiz, en palabras para Vanitatis, afirma que “no podían pedir una copia de la denuncia (del supuesto robo) porque no había base legal para esa petición. Hubo una sentencia que ganó Isabel Pantoja y, por lo tanto, como los hijos no tramitaron otra, no había nada que justificar”.

placeholder Paquirri. (Cordon Press)
Paquirri. (Cordon Press)

La sentencia a la que alude Ruiz es la dictada por la Audiencia Provincial de Madrid en 1997, que revocaba otra sentencia previa que sí habían ganado sus herederos, pero no entraba en el fondo de la cuestión sino en la forma: Pantoja no estaba obligada a devolver los enseres. Para que el juez hubiera fallado de nuevo a favor de Francisco y Cayetano debería haberse incluido en la demanda al resto de herederos. "Por tanto, no podemos hablar de cosa juzgada", nos dice el abogado de los hermanos Rivera. De eso han pasado ya trece años... Y de nuevo el tiempo vuelve a ser clave en este asunto.

"En el caso del que estamos hablando, en primera instancia un juez da la razón a los herederos, pero en segunda instancia alegan que hay un defecto de forma. Habría que estudiar el caso completo y ver si estas reclamaciones se hicieron en plazo, pero en principio ya habrían pasado los seis años a los que hacemos referencia. Estamos hablando de una delgada línea roja, de un territorio con muchos grises, y en la que es clave poder demostrar la buena o la mala fe. Y también si ellos sabían que Isabel tenía esos objetos desde la última sentencia (1997), porque han pasado mucho más de los seis años. Aun así, hay elementos que desconocemos y quién sabe si puede haber algún documento más", nos recalca Vallet.

Foto: Fran y Cayetano Rivera, en Málaga. (Cordon Press)

Moeckel, el letrado de Francisco y Cayetano Rivera, lleva con el caso solamente un mes, según él mismo ha manifestado, y cree firmemente en las posibilidades de sus clientes. Aunque espera un gesto de buena voluntad por parte de Isabel Pantoja, no descarta seguir dando la batalla. De momento, el siguiente paso es esperar la respuesta, si es que la hay, de la cantante al requerimiento notarial, que debería producirse en 48 horas desde que el letrado dio ese paso. Por lo tanto, estamos hablando del próximo jueves por la mañana.

Continuará....

Joaquín Moeckel tiene claro que va a seguir adelante judicialmente si Isabel Pantoja no entrega los enseres que sus representados Francisco y Cayetano Rivera reclaman a la viuda de su padre, una vez que han realizado un segundo requerimiento notarial a la tonadillera en la notaría de Medina Sidonia. Cynthia Ruiz, letrada que representa los intereses de la intérprete de 'Marinero de luces', ha manifestado en declaraciones a nuestra compañera Paloma Barrientos que este asunto ha prescrito, pero... ¿es eso cierto?

Isabel Pantoja Francisco Rivera Kiko Rivera