Es noticia
Menú
Lydia Bosch, obligada a devolver el ajuar doméstico
  1. Noticias
NOTICIAS

Lydia Bosch, obligada a devolver el ajuar doméstico

El pasado 20 de enero, Alberto Martín debía ocupar el domicilio familiar que por sentencia judicial de la Audiencia Provincial de Madrid tenía derecho a disfrutar

Foto: Lydia Bosch, obligada a devolver el ajuar doméstico
Lydia Bosch, obligada a devolver el ajuar doméstico

El pasado 20 de enero, Alberto Martín debía ocupar el domicilio familiar que por sentencia judicial de la Audiencia Provincial de Madrid tenía derecho a disfrutar durante seis meses, con el ajuar doméstico incluido y, por lo tanto, con la posibilidad de instalarse en ese mismo momento después de hacer el traslado de sus enseres personales.

Pero fue imposible. Lydia Bosch tras su mudanza había dejado la casa vacía como después se ha demostrado en la sentencia del juzgado de Primera Instancia número 3 de Pozuelo, en la que condena a la actriz a que en el plazo de 15 días haga entrega al arquitecto de “los elementos del ajuar de la vivienda familiar a que se refiere el ejecutante (Alberto Martín)”, como figura en el auto de condena. 

El arquitecto aportó documentación a su demanda de ejecución de sentencia en dos actas notariales en las que figuraban fotografías que acreditaban tanto la falta absoluta de mobiliario (las habitaciones estaban totalmente vacías) como el deterioro de la casa, así como de las instalaciones.

En dicha documentación se aportaba también las facturas y fotografías del mobiliario (mesas, escritorios, sillas) de elevado precio, dadas las características excepcionales del diseño. Piezas únicas que formaban parte de los enseres de la casa y que Bosch se llevo cuando hizo la mudanza y que ahora el juez obliga a devolver.

En la parte dispositiva de la condena, el magistrado especifica que “apercíbase a la parte requerida de que si en el plazo indicado no cumple lo ordenado a elección de la parte ejecutante se facultará a éste (Alberto Martín) para adquirir las cosas debidas ordenando al mismo tiempo el embargo de bienes suficientes para pagar la adquisición o para obtener el equivalente pecuniario con los daños y perjuicios que hubiesen podido causarle”. Es decir que si la actriz no lo devuelve no solo incumple la sentencia anterior (que dice en su punto tercero: “Se atribuye el uso de la vivienda familiar a los hijos y al progenitor que quede bajo su compañía, con el ajuar doméstico, por un periodo de tiempo de seis meses a computar desde la fecha de esta sentencia”) sino que también contraviene la sentencia de este auto.

Y no solo se refiere a la devolución de los enseres sino que se especifica con la documentación acreditativa el deterioro de las instalaciones (caldera que no funciona, climatización de la piscina interior estropeada, así como la  motorización de las ventanas, toldos rotos, paredes despintadas) por una falta total de mantenimiento. “La ejecutante deberá presentar además de la relación de daños y perjuicios una valoración de los mismos”.

Según acredita el arquitecto, mediante facturas e informes, adecuar de nuevo la vivienda le ha costado hasta ahora alrededor de 40.000 euros. En el último párrafo el juez sentencia que “esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso sin perjuicio de que el/los deudores puedan oponerse a la ejecución despachada dentro de los diez días siguiente a la notificación”. 

El pasado 20 de enero, Alberto Martín debía ocupar el domicilio familiar que por sentencia judicial de la Audiencia Provincial de Madrid tenía derecho a disfrutar durante seis meses, con el ajuar doméstico incluido y, por lo tanto, con la posibilidad de instalarse en ese mismo momento después de hacer el traslado de sus enseres personales.