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El auto que llevará a la familia de la princesa Letizia de nuevo a los juzgados
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POR UN PRESUNTO DELITO DE ALZAMIENTO DE BIENES

El auto que llevará a la familia de la princesa Letizia de nuevo a los juzgados

Ese procedimiento se inició cuando la empresaria Sandra Ruíz le requirió judicialmente el pago de una deuda de 22.600 euros por el encargo de unas joyas

Foto: Henar Ortiz, Menchu Álvarez del Valle y Jesús Ortiz, en una imagen de archivo (I.C.)
Henar Ortiz, Menchu Álvarez del Valle y Jesús Ortiz, en una imagen de archivo (I.C.)

En julio de 2013, la tía de la princesa Letizia, Henar Ortiz, recibía aliviada la noticia del sobreseimiento de la causa que abrió en su día contra ella la Fiscalía por un presunto delito de alzamiento de bienes. Ese procedimiento se inició cuando Sandra Ruíz, proveedora de la tía de la Princesa cuando esta regentaba una tienda, le requirió judicialmente el pago de una deuda de 22.600 euros por el encargo de unas joyas. Hace apenas unas semanas, la Audiencia Provincial de Oviedo estimaba el recurso de apelación interpuesto por la demandante contra el primer auto. Así que la familia de Letizia tendrá que volver en breve a los juzgados.

Según la demandante, la deuda era más elevada, pero esa es la cantidad demostrable al haber firmado Henar Ortiz unos pagarés por dicha cuantía. La denunciada se declaró insolvente cuando Sandra Ruiz le reclamó la deuda, pero años más tarde, al morir el padre, se convirtió en una de las herederas de la casa que este tenía a su nombre en Sardéu. Fue entonces cuando la proveedora volvió a reclamar la deuda. Henar Ortiz y su hermano Jesús -padre de Letizia- cedieron entonces la parte que les correspondía de la casa a su madre, Menchu Álvarez del Valle. Tras la denuncia, la Fiscalía investigó el caso y determinó que Henar podría haber incurrido en un delito de ocultamiento de bienes -con la posible connivencia de su familia- para no afrontar los débitos contraídos. Hubo juicio y se sobreseyó la causa que ahora se ha vuelto a reabrir.

Vanitatis ha tenido acceso al auto de apelación de fecha de 20 de noviembre de 2013 en respuesta a la sentencia del 28 de junio de 2013. En el segundo razonamiento jurídico se explica que: “A pesar de lo consignado en la resolución recurrida, en esta alzada se considera procedente su revocación (…). No puede obviarse que los hechos denunciados vienen referidos a la trasmisión de un bien, adquirido por herencia, por la deudora María del Henar Ortiz Álvarez impidiendo con dicha trasmisión la satisfacción de una deuda que la entidad Henarmonia, S. C., de la que la misma era administradora, mantenía con la denunciante Sandra María Ruiz Vázquez como consecuencia de anteriores relaciones comerciales”.

El auto continúa y los tres magistrados de la Sección Numero 2 de la Audiencia Provincial de Oviedo determinan que: “Sin perjuicio de lo que determine el órgano a quien corresponda el enjuiciamiento de las diligencias practicadas se deduce la existencia de indicios suficientes para acordar la continuación de las actuaciones conforme a las normas del procedimiento abreviado, cuando menos frente a Henar Ortiz Álvarez, puesto que conocedora de la existencia de la deuda y de su reclamación procedió con la colaboración, consciente o no, de su madre y hermano, a sustraer de la posible vía de apremio el único bien conocido de su propiedad y cuya realización era susceptible de cubrir el importe adeudado a la denunciante cifrado en 22.600,73 euros y para cuya efectividad fue librado despacho de ejecución el 22 de marzo de 2009”.

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Los magistrados también detallan cómo se valoró a la baja la casa familiar de Sardéu para efectuar el proceso de cesión a Menchu Álvarez del Valle. “La trasmisión por la deudora Henar Ortiz de la parte del bien de su propiedad tuvo lugar el 14 de mayo de 2009, mediante la adjudicación a su madre María del Carmen Álvarez Valle de la cuarta parte de la vivienda adquirida por herencia de su padre José Luis Ortiz Velasco, sita en el término de Sardéu, inscrita en el registro de la propiedad de Cangas de Onís al tomo 1294, libro 325, folio 51, finca 34.078, valorada a esos efectos en 34.700 euros, como compensación a una deuda que afirmaba mantener con la misma, por cuantía cifrada en 7.460,50 euros, lo mismo que hizo su hermano Jesús Ortiz Álvarez con su parte, no obstante ser perfectamente conocedores, de que dicho bien tenía un valor considerablemente superior, a pesar de que el otorgado se correspondiera con el asignado al presentar la liquidación del impuesto sucesorio y que fuera similar a su valor catastral al año 2009 establecido en 33.282,39 euros, como lo acredita que dicho inmueble hubiese sido tasado en 554.507,20 euros el 7 de mayo de 2009, como paso previo a que sobre dicha finca, el 17 de agosto de 2009, hubiese sido constituida una hipoteca inversa a favor de la Caja de Ahorros de Galicia, en garantía del saldo de la cuenta corriente de crédito aperturada en dicha entidad hasta el importe máximo de 400.000 euros, por María del Carmen Álvarez del Valle”.

En julio de 2013, la tía de la princesa Letizia, Henar Ortiz, recibía aliviada la noticia del sobreseimiento de la causa que abrió en su día contra ella la Fiscalía por un presunto delito de alzamiento de bienes. Ese procedimiento se inició cuando Sandra Ruíz, proveedora de la tía de la Princesa cuando esta regentaba una tienda, le requirió judicialmente el pago de una deuda de 22.600 euros por el encargo de unas joyas. Hace apenas unas semanas, la Audiencia Provincial de Oviedo estimaba el recurso de apelación interpuesto por la demandante contra el primer auto. Así que la familia de Letizia tendrá que volver en breve a los juzgados.

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