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Archivan definitivamente la querella de Barkos contra Jaime del Burgo, cuñado de la Reina Letizia
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CONSIDERAN QUE NO HAY DELITO

Archivan definitivamente la querella de Barkos contra Jaime del Burgo, cuñado de la Reina Letizia

La Audiencia Provincial de Navarra ha confirmado el archivo de la querella interpuesta por la presidenta del Gobierno de Navarra contra el marido de Telma Ortiz por injurias, amenazas y falta de respeto

Foto: Jaime del Burgo y Telma Ortiz en una imagen de archivo (Gtres)
Jaime del Burgo y Telma Ortiz en una imagen de archivo (Gtres)

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha desestimado el recursointerpuesto por Uxue Barcos, presidenta del Gobierno navarro, contra Jaime del Burgo, cuñado de la Reina Letizia. En el auto, al que ha tenido acceso Vanitatis, fechado el 17 de marzo, los magistrados determinan en su sentencia que los hechos objetode la querella que en su día interpuso Barcos contra el marido de Telma Ortiz no son penalmente relevantes y, por lo tanto, no hay delito.

La historia judicial se remonta al 22 de diciembre de 2015. El motivo de la demanda era la contestación a un correo electrónico enviado por el cuñado de Doña Letizia a Barkos ante la decisión de retirar la escolta a su padre, Jaime Ignacio del Burgo, expresidente de la Diputación Foral (1979 a 1984), amenazado por la banda terrorista ETA. En esa misiva le decía a la responsable de la institución vasca: “Que cargue sobre tu conciencia si algo le pasa a mi padre. Me la devolverás en vida. Cobarde”. La respuesta no se hizo esperar aduciendo que se trataba de unas frases cargadas de injurias y amenazas y, por lo tanto, debía ser castigado por la Justicia. Ese recurso no prosperó y hubo un sobreseimiento de la demanda que no admitió Uxue Barcos recurriendo sus abogados. Ahora esta nueva y definitiva sentencia da la razón a Jaime del Burgo.

En los fundamentos de Derecho se considera que no se injuria al cargo público representado por Uxue Barkos. “En el caso que nos ocupa no se desprende que la finalidad de la expresión proferida era desprestigiar a la persona frente a los demás, sino mostrar una situación de enojo, ofuscación, resentimiento o reclamación. Y así se ha indicado por la Jurisprudencia que cuando las palabras o frases responden a una situación de enfrentamiento quedan privadas de la intención difamatoria necesaria para que se dé esta infracción penal”. Y continúa el documento afirmando que “el honor es digno de protección y así se reconoce en la Constitución, pero esa protección no en todos los supuestos debe derivarse al ámbito penal, y desde luego en este caso no procede”.


Respecto a la cuestión de supuestas amenazas al dedicarle Jaime del Burgo un “me la devolverás en vida”, la juez declara en el auto que no hay tal alarma y, por lo tanto, desestima el argumento esgrimido por la asesoría jurídica que defendía los intereses de Uxue Barko. Y avala ese fundamento en que esa expresión estaba circunscrita a un contexto determinado y “vertida en el seno de un enfado y enfrentamiento consecuencia de una medida adoptada con la que el ahora querellado estaba en desacuerdo, expresión que puede ser socialmente desafortunada pero que no constituye un ilícito penal”.

Los magistrados tampoco consideran que el cuñado de Doña Letizia haya faltado al respeto: “El correo electrónico en que se fundamenta la comisión del delito se remite en un ámbito privado, marcado por el enfado, disgusto y enfrentamiento a una decisión adoptada por la presidenta del Gobierno, que en su cualidad de tal ha de estar sometida a la crítica pública, como también reitera la Jurisprudencia, que viene temperando en gran medida la protección de los derechos fundamentales de un personaje público frente a las críticas y comentarios que la persona puede hacer sobre su función. Las expresiones utilizadas pueden ser poco afortunadas, pero no dejan de ser una crítica a una decisión política adoptada, por lo que no pueden constituir la falta de respeto que se reclama”. Y termina su exposición afirmando que “por todo ello procede desestimar el recurso interpuesto ratificando la resolución impugnada en todos sus términos”.

El auto finaliza con la desestimación “al recurso de apelación interpuesto por la Excma. Sra. Presidenta del Gobierno de Navarra, doña Uxue Barkos Berruezo, contra el Auto de fecha 22 de diciembre de 2015, dictado por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Pamplona/Iruña en las Diligencias Previas que se confirma, así como el Auto de fecha 9 de febrero de 2015 resolutorio del recurso de reforma previamente interpuesto”.

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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha desestimado el recursointerpuesto por Uxue Barcos, presidenta del Gobierno navarro, contra Jaime del Burgo, cuñado de la Reina Letizia. En el auto, al que ha tenido acceso Vanitatis, fechado el 17 de marzo, los magistrados determinan en su sentencia que los hechos objetode la querella que en su día interpuso Barcos contra el marido de Telma Ortiz no son penalmente relevantes y, por lo tanto, no hay delito.

Uxue Barkos
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