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La Audiencia Provincial desestima los recursos de Natalia Álvarez contra Rafa Camino
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La Audiencia Provincial desestima los recursos de Natalia Álvarez contra Rafa Camino

El río está más que revuelto en lo que al divorcio entre Rafa Camino y Natalia Álvarez se refiere. Hace unos tres meses, la ex mujer

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La Audiencia Provincial desestima los recursos de Natalia Álvarez contra Rafa Camino

El río está más que revuelto en lo que al divorcio entre Rafa Camino y Natalia Álvarez se refiere. Hace unos tres meses, la ex mujer del torero le demandaba por presuntos malos tratos en los Juzgados de Móstoles. Una vez allí, el juez decidió desestimar todas las acusaciones y la orden de alejamiento que ella pedía para Camino.

Sin embargo, el abogado de Natalia Álvarez no se daba por vencido y decidía recurrir la vía en la que se ha llevado a cabo la vista, ya que no pedía que fuera considerado como falta, sino como delito grave, y dirimido por la vía penal.

Ahora, los tres recursos que presentó Natalia han sido desestimados por la Audiencia Provincial de Madrid. Así lo ha hecho saber el abogado Marcos García-Montes, que ha emitido un comunicado para aclarar el asunto:

"La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado los tres recursos presentados por Natalia Álvarez Braña contra los Autos dictados por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº1 de Móstoles, en relación con la denuncia por malos tratos contra su marido, el torero Rafael Camino.

El primero recurso solicitaba practicar diferentes diligencias de prueba que han sido denegadas por no tener relación con los hechos en cuanto a trascendencia penal referente a los mensajes recibidos por la madre y cambiar un informe psicológico del menor por su declaración en juicio, recordando que los menores de 12 años pueden declarar en juicio.

El segundo recurso solicitaba la orden de protección, denegada por el Juzgado, lo que ratifica la sala al no existir ninguna situación de riesgo psicológico para Natalia Álvarez Braña, derivada de los mensajes remitidos por Rafael Camino recordando el Tribunal que se trata de una pareja en crisis con grave enfrentamiento que no conviven juntos, y no hay trato directo, por lo que no existe situación objetiva de riesgo para la esposa. También deniega las medidas civiles solicitadas.

El tercer recurso solicitaba que el procedimiento se tramitara por delito de maltrato habitual por violencia psíquica, argumentación que rechaza la sala al afirmar que no existe lesión psíquica por impago de teléfono y luz y que todo ello debe resolverse en el procedimiento civil, estableciendo que la conducta del denunciado deberá ser enjuiciada como una supuesta falta de vejaciones, penalmente leves y sin perjuicio de la sentencia que en su día dicte el Juzgado a la vista de las pruebas que se presenten en el juicio".

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