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Telecinco, condenada a pagar 300.000 euros a los duques de Alba
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por reproducir una conversación telefónica

Telecinco, condenada a pagar 300.000 euros a los duques de Alba

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto confirmar la condena de 300.000 euros impuesta en la instancia a Telecinco y a La Fábrica de la Tele

Foto: Los duques de Alba, en una imagen de archivo durante su viaje a Estambul (I.C.)
Los duques de Alba, en una imagen de archivo durante su viaje a Estambul (I.C.)

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto confirmar la condena de 300.000 euros impuesta a Gestevisión Telecinco y a La Fábrica de la Tele S.A.por intromisión ilegítima en el derecho al honor y a la intimidad de la duquesa de Alba y su marido, Alfonso Díez. El matrimonio demandó a la cadena y la productora al considerar que se había vulnerado su derecho al honor y la intimidad personal, al reproducirse el pasado 3 de septiembre de 2009 en el programa Sálvame una conversación telefónica entre los duques de Alba que dio lugar a comentarios jocosos y sarcásticos sobre los mismos.

La demanda fue estimada por el Juzgado de Primera Instancia, cuya sentencia ratificó la Audiencia Provincial. Ahora el Tribunal Supremo confirma también el fallo condenatorio, obligando a abonar a Telecinco 300.000 euros por un delito de intromisión a la intimidad y vulnerar el derecho al honor de los demandantes.

Como viene siendo habitual en este tipo de entuertos judiciales entre personajes públicos y medios, existe un conflicto entre el derecho al honor y a la intimidad del matrimonio y la libertad de expresión del medio. Ante este conflicto, el Tribunal Supremo, en relación a la jurisprudencia creada por el Tribunal Constitucional, viene declarando en cuanto al derecho al honor que la preponderancia de la libertad de expresión no se justifica cuando el interés público de las manifestaciones no existe o es muy escaso, como es el caso según ha dictaminado el citado ente judicial.

El equipo de 'Sálvame'A raíz de la conversación mantenida entre los duques de Alba, los colaboradores de Sálvame “expresaban su opinión, crítica a través de expresiones, palabras o frases que pueden resultar insultantes o ridiculizadoras (…) al usar un tono burlesco, sarcástico, de chanza y mofa y que se insinuó tanto la homosexualidad del marido como que podía estar siendo infiel a la duquesa”, como así ha informado este martes el Tribunal Supremo en su web.

“Desde la perspectiva de la intimidad, la sentencia entiende que la ilegitimidad de la intromisión resulta todavía más clara pues la grabación y difusión de conversaciones privadas no tiene en este caso ningún interés general ni trascendencia pública, sin que el hecho de que los demandantes aparezcan voluntariamente en medios de comunicación implique una pérdida de su ámbito privado de intimidad, pues no constan actos propios que revelen que consintieron que se pusiera en conocimiento público datos privados”, añade dicho órgano judicial. El hecho de que la grabación se refiera a una conversación a bordo de un tren, que pudo ser escuchada por otras personas, no es óbice para apreciar la intromisión en su intimidad, y que su conversación privada quedase divulgada a través de un medio de comunicación.

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto confirmar la condena de 300.000 euros impuesta a Gestevisión Telecinco y a La Fábrica de la Tele S.A.por intromisión ilegítima en el derecho al honor y a la intimidad de la duquesa de Alba y su marido, Alfonso Díez. El matrimonio demandó a la cadena y la productora al considerar que se había vulnerado su derecho al honor y la intimidad personal, al reproducirse el pasado 3 de septiembre de 2009 en el programa Sálvame una conversación telefónica entre los duques de Alba que dio lugar a comentarios jocosos y sarcásticos sobre los mismos.

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