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El frente judicial que Carmen Martínez-Bordiú heredará como duquesa de Franco
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El frente judicial que Carmen Martínez-Bordiú heredará como duquesa de Franco

El juzgado ha solicitado al Ayuntamiento que reformule su denuncia contra sus herederos para proseguir adelante con la demanda. Todo apunta a nuestra reina del 'cuore'

Foto: Carmen Martínez-Bordiú, en una foto de archivo. (Gtres)
Carmen Martínez-Bordiú, en una foto de archivo. (Gtres)

El Juzgado 41 de Primera Instancia de Madrid, que admitió a trámite la demanda del Ayuntamiento de Santiago de Compostela contra Carmen Franco por el caso de las estatuas del gallego Pórtico de la Gloria, no pudo notificárselo a la implicada antes de morir.

En consecuencia el juzgado ha solicitado al ayuntamiento que reformule su denuncia contra sus herederos para proseguir adelante con la demanda. En caso de no identificar al legítimo heredero debería proceder contra la heredera del ducado de Franco y cabeza visible de la unidad familiar, es decir Carmen Martínez-Bordiú.

Recordar aquí que el Ayuntamiento de Santiago de Compostela dio un ultimátum a Carmen Franco Polo el pasado septiembre, como hija y heredera de Francisco Franco, para que entregue dos estatuas elaboradas en el taller del Mestre Mateo para el Pórtico de la Gloria de la Catedral de Santiago, pero que tiene su familia en una casa de A Coruña.

placeholder Carmen y su fallecida madre en una foto de archivo de 2015. (Gtres)
Carmen y su fallecida madre en una foto de archivo de 2015. (Gtres)

Las figuras representan a Abraham e Isaac y llegaron a manos del dictador probablemente en la década de los 50 en circunstancias no aclaradas. El ayuntamiento ha constatado que no existe ningún título jurídico que "legitime" que Franco se hiciese con ellas ni tampoco "la posesión subsiguiente" de las esculturas por parte de Franco ni de sus sucesores. Por el contrario, sí que ha localizado un documento notarial que acredita la operación de compraventa entre el conde de Ximonde y el Ayuntamiento de Santiago en el año 1948.

placeholder Detalle del Pórtico de la Gloria que permite ver de cerca la obra del Maestro Mateo, en la catedral de Santiago. (EFE)
Detalle del Pórtico de la Gloria que permite ver de cerca la obra del Maestro Mateo, en la catedral de Santiago. (EFE)


Estatuas, herencias y otros tesoros

La dificultad estriba ahora en conocer en quién recaerá la propiedad de las estatuas. Teniendo en cuenta que existe una demanda de por medio, es difícil que se trate de una pieza codiciada para heredar por alguno de los hijos de Carmen Franco. Además, fuentes consultadas apuntan que podría ser difícil que el Pórtico de la Gloria entrara a formar parte del reparto del cuaderno particional del testamento, ya que se trata de un tesoro artístico de valor incalculable e imposible de tasar de cara a una posible venta.

La posibilidad más lógica, tratándose de un bien no amortizable, es que quedara en la comunidad de bienes que comparte la familia a través del conglomerado de empresas de la que forman parte. Ahí es donde entra en juego Carmen Martínez-Bordiú. La reina del cuché (con permiso de su amiga Isabel Preysler) ha dejado clara su intención de hacer prevalecer su condición de primogénita y heredar de su madre el título de duquesa de Franco y señora de Meirás.

Foto: Visitantes en la Catedral de Santiago de Compostela, frente al Pórtico da Gloria. (EFE)

Todo ello por delante de su hermano Francis Franco, que incluso llego a intercambiar sus apellidos como preludio de su intención de heredar la dignidad del título. Pues bien, para que la demanda prospere en el Ayuntamiento de Santiago se afanan en identificar a los posibles herederos de las estatuas.

En caso de no poder identificarse al nuevo “propietario”, los abogados deberían dirigir su demanda en primer lugar contra el cabeza de familia visible, en este caso la heredera del ducado, que no es otra que Carmen. Esto tendría jurídicamente una doble intención. Por un lado, asegurarse de que la nueva duquesa responda de la demanda, y por otro, que en todo caso si no fuese ella, que sea la propia Carmen quién identifique al nuevo propietario de sus derechos para dirigir contra él la demanda.

Mientras que el concejo gallego se afana en preparar la nueva demanda considerándose su legítimo dueño, los herederos tratarán de demostrar la “adquisición de la propiedad del Pórtico de la Gloria justificándola por su posesión continuada”, un figura jurídica conocida como usucapión.

Un argumento que desde el Ayuntamiento de Santiago consideran que no ha lugar. El pórtico, según ellos, no es susceptible de ser usucapido al no ser un bien de comercio y estar afectado de inalienabilidad, por tratarse de un bien público.

Suspensión cautelar de la propiedad

Según fuentes jurídicas, los Franco podrían contrarrestar este argumento con el hecho de que la posesión del Pórtico de la Gloria ha sido “pública, pacífica, continuada y en concepto de dueño”. El hecho de que la familia haya prestado las estatuas para una exposición demuestra que su posesión era una característica conocida y, por supuesto, obtenida de forma no violenta. Así mismo, según la ley la posesión debe ser continuada en el tiempo y en concepto de dueño o con 'ánimus domini', es decir, ejerciendo como tal ante terceros.

Foto: Carmen Franco en un fotomontaje realizado en Vanitatis.


El ayuntamiento, que se muestra confiado en que la justicia le dé finalmente la razón, se plantea incluir en la demanda la suspensión cautelar de la propiedad a la familia Franco. De esta manera se evitaría que las figuras saliesen de Santiago después del próximo 23 de febrero, cuando finalice la exposición del Maestro Mateo, donde se exponen, en el pazo de Xelmírez. Aunque desde el ayuntamiento han perdido toda esperanza de llegar a un arreglo fuera de los tribunales, está por ver si la nueva duquesa de Franco abre una vía de diálogo y elude la primera demanda que le acarreará su nuevo título.

El Juzgado 41 de Primera Instancia de Madrid, que admitió a trámite la demanda del Ayuntamiento de Santiago de Compostela contra Carmen Franco por el caso de las estatuas del gallego Pórtico de la Gloria, no pudo notificárselo a la implicada antes de morir.

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