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Adiós a la piscina mallorquina de Agatha Ruiz de la Prada y Pedro J. Ramírez
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La sentencia puede ser recurrida

Adiós a la piscina mallorquina de Agatha Ruiz de la Prada y Pedro J. Ramírez

La Audiencia Nacional ha anulado la prórroga de 60 años a la concesión de ocupación de dominio público al periodista

Foto: Agatha Ruiz de la Prada y Pedro J. Ramirez. (Getty)
Agatha Ruiz de la Prada y Pedro J. Ramirez. (Getty)

El chalet en Son Servera (Mallorca) que el periodista y su exmujer adquirieran en 1999 se va a quedar sin su polémica piscina. La Audiencia Nacional ha anulado dos órdenes del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del 2014 y el 2016 que otorgaron una prórroga de 60 años a la concesión de ocupación de 350 m2 a Pedro J. Ramírez para establecer un embarcadero, una terraza y una piscina en la propiedad que ahora ostenta la diseñadora Agatha Ruiz de la Prada.

La Sala establece que en el caso de prórrogas de concesiones de ocupaciones del dominio público debe justificarse que esas instalaciones no pueden ubicarse en otro lugar y, en este caso, el tribunal entiende que no se ha cumplido con ese deber, por lo que ahora tendrá que desmantelarse para que quede "garantizado el disfrute del dominio público".

La casa donde la XIII marquesa de Castelldosríus posara para la revista '¡Hola!' con motivo de su 60º cumpleaños fue adquirida, según informa 'La Vanguardia', por el entonces matrimonio a Giuliana Arioli, la viuda del periodista Joaquín Calvo Sotelo.

La propiedad balear se hizo famosa porque tuvo problemas urbanísticos con la titularidad, pública o no, de la mencionada piscina y fue escenario de alguna que otra escena dantesca por los enemigos del editor.

Foto: Agatha Ruiz de la Prada. (EFE)

La primera instalación destinada al baño se construyó en 1974 y fue posteriormente reformada y ampliada contra el criterio de los más preocupados con la protección del medioambiente en la zona.

Según la agencia EFE, en una Orden de 15 de abril de 2014, el Ministerio acordó la prórroga de la concesión y como continuación de la anterior, en otra posterior de 29 de enero de 2016 y con el nuevo Reglamento General de Costas en vigor, fijó el plazo de duración de la concesión hasta el 27 de febrero de 2074. Son estas dos resoluciones las que recurre el demandante, argumentando que ni la legislación vigente ni el interés general amparan una prórroga de 60 años de la concesión.

En su sentencia –que puede ser recurrida en un plazo de 30 días–, la Sala analiza el artículo 32.1 de la Ley de Costas, en relación con el artículo 61 del Reglamento General de Costas de 2014, por el que únicamente se puede permitir la ocupación del dominio público marítimo terrestre para aquellas instalaciones que, por su naturaleza, no pueden tener otra ubicación.

Por ello, dado el carácter excepcional y restrictivo con el que necesariamente ha de interpretarse toda ocupación de dominio público marítimo terrestre, la Sala estima que hay "razones de interés público, en cambio, para denegar la prórroga de la concesión otorgada por la Administración y acordar el desmantelamiento de las obras, única forma en la que queda garantizado el disfrute del dominio público para su libre utilización por todas las personas y para todos los usos comunes y acordes con la naturaleza de tal dominio invadido, tales como pasear, estar, bañarse, navegar, embarcar y desembarcar, varar o pescar".

El chalet en Son Servera (Mallorca) que el periodista y su exmujer adquirieran en 1999 se va a quedar sin su polémica piscina. La Audiencia Nacional ha anulado dos órdenes del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del 2014 y el 2016 que otorgaron una prórroga de 60 años a la concesión de ocupación de 350 m2 a Pedro J. Ramírez para establecer un embarcadero, una terraza y una piscina en la propiedad que ahora ostenta la diseñadora Agatha Ruiz de la Prada.

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