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La fortuna de las Koplowitz, amenazada por su nuevo hermano
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La fortuna de las Koplowitz, amenazada por su nuevo hermano

La reclamación de paternidad interpuesta por Carlos Iglesias Rangel para solicitar legalmente el apellido Koplowitz lleva aparejadas varias consecuencias legales. No solo el reconocimiento de filiación,

Foto: La fortuna de las Koplowitz, amenazada por su nuevo hermano
La fortuna de las Koplowitz, amenazada por su nuevo hermano

La reclamación de paternidad interpuesta por Carlos Iglesias Rangel para solicitar legalmente el apellido Koplowitz lleva aparejadas varias consecuencias legales. No solo el reconocimiento de filiación, que se producirá previsiblemente en breve, sino también el derecho a formar parte del reparto de la herencia que en su día legó Ernesto Koplowitz Sternberg a sus cuatro hijos: Ernesto, Isabel Clara, Alicia y Esther. Los primeros, fruto de su relación con Isabel Amores y reconocidos legalmente desde su nacimiento, a pesar de que se llegó a afirmar lo contrario. Las segundas, hijas del matrimonio del empresario con Esther Romero de Juseu.

Tras la vista oral celebrada el martes pasado en el juzgado de Primera Instancia nº 49 de Madrid, donde el demandante presentó el resultado de las pruebas de ADN cotejadas con las de Ernesto Koplowitz, cuyo cadáver se exhumó para tal tarea, y que ofrecían un resultado del 99,9 por ciento de coincidencia, se abre otro nuevo capítulo de esta historia familiar. Un proceso muy complicado, en el que la cuantía económica que le correspondería es muy difícil de valorar.

El padre de las conocidas empresarias Esther y Alicia Koplowitz murió en un accidente en 1962 al caerse de un caballo en el Club de Campo de Madrid, dejando un enorme patrimonio a sus espaldas, que gestionaba a través de la empresa fundada por él, Construcciones y Contratas. En aquel momento y, según ha declarado en varias ocasiones el primogénito, Ernesto, la fortuna de su padre era “vasta”. Se dijo que la parte que él había recibido en 1967 ascendía a cuatrocientos millones de pesetas de aquella época (2,5 millones de euros).

Pero no solo habría que tener en cuenta las cantidades en efectivo. A ellas habría que añadir acciones y otros bienes inmobiliarios. Actualmente, y según la revista Forbes, que hace un valor estimativo, la fortuna de las hermanas Koplowitz Romero de Juseu ascendería a 3.500 millones de euros, siendo Esther la accionista mayoritaria de la empresa, FCC, que legó su padre.

Si, como todo hace indicar, la sentencia acuerda que Carlos Iglesias es hijo biológico de Ernesto Koplowitz Sternberg, éste podrá iniciar las acciones legales pertinentes en defensa de sus prerrogativas legítimas, entre las que se encuentran los derechos sucesorios. Según su abogada, Eva Solivella, “hay que ser cautos con estos temas y puede que Carlos reclame la herencia o no. Por ahora hay que esperar a la sentencia y una vez se confirme la paternidad y Carlos quiera ejercer sus derechos se abriría un proceso complicado. Aunque según la Constitución todos los hijos son iguales ante la Ley”.

Un proceso legalmente complejo

Expertos consultados por Vanitatis sostienen que “la situación una vez declarada la filiación paterna no matrimonial, en principio, y desconociendo los términos del testamento otorgado por Ernesto Koplowitz, Carlos Iglesias, en calidad de heredero forzoso, tendría derecho a la legítima estricta (un tercio del haber hereditario) sin perjuicio del derecho a obtener igualmente la parte proporcional que le correspondiera en el tercio de mejora”.

Por otro lado, tal y como dispone el artículo 818 del Código Civil, para “fijar la legítima se atenderá al valor de los bienes que quedaren a la muerte del testador”, luego habrá que retrotraerse al año 62 para determinar el importe y la cuantía de su parte en la herencia. En conclusión, “no se podría discriminar a Carlos Iglesias por razón de su filiación matrimonial”, según estos expertos, muy a pesar de que en 1962, cuando murió Ernesto Koplowitz, la legislación existente distinguía entre hijos legítimos y no legítimos.

Otro tema a tener en cuenta es el tiempo que ha pasado desde la muerte de Koplowitz. El artículo 1965 del Código Civil proclama la imprescriptibilidad entre los coherederos de la acción para pedir la partición de la herencia por mucho tiempo que haya transcurrido desde la muerte del causante. Sin embargo, el Tribunal Supremo se ha manifestado a este respecto en repetidas ocasiones haciendo constar que esta imprescriptibilidad de la acción de partición de herencia no es absoluta ni opera siempre, sino que puede tener excepciones, y no debe ser observada cuando la cosa común la ha venido poseyendo uno de los coherederos no en nombre de la comunidad hereditaria, sino en nombre propio.

Fuentes cercanas a la familia informan a Vanitatis de que lo más probable es que se produzca un acuerdo privado para evitar escándalos. Si no, los Koplowitz se verán probablemente las caras en los juzgados.

La reclamación de paternidad interpuesta por Carlos Iglesias Rangel para solicitar legalmente el apellido Koplowitz lleva aparejadas varias consecuencias legales. No solo el reconocimiento de filiación, que se producirá previsiblemente en breve, sino también el derecho a formar parte del reparto de la herencia que en su día legó Ernesto Koplowitz Sternberg a sus cuatro hijos: Ernesto, Isabel Clara, Alicia y Esther. Los primeros, fruto de su relación con Isabel Amores y reconocidos legalmente desde su nacimiento, a pesar de que se llegó a afirmar lo contrario. Las segundas, hijas del matrimonio del empresario con Esther Romero de Juseu.

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