La Audiencia Nacional da la razón a Shakira y tumba una reclamación fiscal de 55 millones por el ejercicio 2011
El tribunal concluye que Hacienda no acreditó que la cantante fuera residente fiscal en España aquel año y anula las liquidaciones y sanciones impuestas por IRPF y Patrimonio
Shakira, con sus abogados acudiendo a una cita judicial. (Gtres)
La Audiencia Nacional ha dado la razón a Shakira en una de sus batallas judiciales con la Agencia Tributaria española. En una sentencia fechada el pasado 15 de abril, la Sala de lo Contencioso-Administrativo concluye que Hacienda no logró demostrar que la artista colombiana fuera residente fiscal en España durante el ejercicio 2011, motivo por el que anula las liquidaciones y sanciones que se le impusieron por el IRPF y el Impuesto sobre el Patrimonio de ese año. La resolución afecta a un procedimiento cuya cuantía superaba los 55 millones de euros.
El origen del litigio se remonta a las inspecciones abiertas en 2016 por la Agencia Tributaria sobre los ejercicios comprendidos entre 2011 y 2014. Hacienda consideró que Shakira ya residía fiscalmente en España en 2011 y, por tanto, debía tributar en el país por todas sus rentas mundiales. A raíz de esa interpretación, la cantante fue objeto de una liquidación de más de 24,7 millones de euros por IRPF, además de otra de 2,6 millones por Patrimonio, a las que se sumaron sanciones superiores a 27 millones de euros.
Sin embargo, la Audiencia Nacional sostiene ahora que la Administración no acreditó que la cantante permaneciera en España más de 183 días durante ese año, requisito clave para fijar la residencia fiscal. La sentencia señala que, incluso aceptando los cálculos de Hacienda, Shakira habría estado en territorio español un máximo de 163 días. El tribunal también rechaza que pudiera presumirse su residencia por motivos familiares o económicos, ya que en 2011 todavía no existía vínculo matrimonial ni hijos residentes en España y la mayor parte de su actividad profesional y empresarial se desarrollaba fuera del país.
Los magistrados desmontan además uno de los argumentos utilizados por la Agencia Tributaria: la relación sentimental que Shakira mantenía entonces con Gerard Piqué. La sentencia subraya que una relación de pareja no equivale legalmente a un vínculo conyugal a efectos fiscales y recuerda que el núcleo familiar que permitiría presumir residencia habitual en España no existía todavía en aquel ejercicio. Por ello, la Audiencia concluye que las liquidaciones y sanciones "son contrarias a Derecho" y ordena la devolución de las cantidades ingresadas, junto con los intereses legales correspondientes.
Shakira, durante su declaración. (EFE)
La cantante ya ha reaccionado al fallo a través de un comunicado remitido a la revista 'Hola', en el que carga duramente contra la Agencia Tributaria y el tratamiento público que ha recibido durante estos años. "Después de más de ocho años soportando una brutal exposición pública, campañas orquestadas para destruir mi reputación y noches sin dormir que terminaron afectando a mi salud y al bienestar de mi familia, la Audiencia Nacional finalmente ha puesto las cosas en su sitio", afirma. La artista sostiene que "nunca existió fraude" y asegura que durante casi una década fue "tratada como culpable". En el texto, también expresa su deseo de que la sentencia "siente un precedente para Hacienda" (que tendrá que pagar las costas del proceso, por cierto) y sirva "a los miles de ciudadanos corrientes que son abusados y aplastados cada día por un sistema que presume su culpabilidad". Esta "victoria", añade, está dedicada precisamente a esos contribuyentes.
El fallo supone un nuevo capítulo en los prolongados problemas fiscales de Shakira en España. La cantante ya protagonizó uno de los casos más mediáticos de los últimos años tras ser acusada de defraudar más de 14 millones de euros entre 2012 y 2014. A finales de 2023, y a las puertas del juicio en Barcelona, alcanzó un acuerdo con la Fiscalía para evitar la cárcel, aceptando una pena de tres años (sustituida por una multa) y el pago de una elevada sanción económica.
La Audiencia Nacional ha dado la razón a Shakira en una de sus batallas judiciales con la Agencia Tributaria española. En una sentencia fechada el pasado 15 de abril, la Sala de lo Contencioso-Administrativo concluye que Hacienda no logró demostrar que la artista colombiana fuera residente fiscal en España durante el ejercicio 2011, motivo por el que anula las liquidaciones y sanciones que se le impusieron por el IRPF y el Impuesto sobre el Patrimonio de ese año. La resolución afecta a un procedimiento cuya cuantía superaba los 55 millones de euros.