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Dos psiquiatras diagnosticaron a Rocío Carrasco: así consta en la causa
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UN DURO RELATO

Dos psiquiatras diagnosticaron a Rocío Carrasco: así consta en la causa

"Trastorno de adaptación en su forma de reacción mixta de ansiedad y depresión". Esta es la conclusión de dos informes a los que ha tenido acceso Vanitatis

Foto: Rocío Carrasco. (Vanitatis)
Rocío Carrasco. (Vanitatis)

"Trastorno de adaptación en su forma de reacción mixta de ansiedad y depresión". Es este el preciso diagnóstico que aparece reflejado en un informe pericial fechado el 3 de julio de 2016 y que se hace constar en la causa de Rocío Carrasco contra su exmarido, Antonio David Flores, a quien acusó ante los tribunales de un presunto delito por lesiones psicológicas.

Otro informe, fechado el 25 de septiembre de 2012, también aportado a la causa y firmado por otro profesional, realiza un diagnóstico de la misma naturaleza. En el escrito presentado por el equipo legal de Rocío se mantiene, basándose en estos informes, que "el origen y principio de dicha enfermedad no es otro que el trato recibido por el denunciado, quien por todos los medios que ha tenido ha atacado incansablemente a la señora Carrasco".

placeholder Rocío Carrasco y Antonio David Flores, en su juventud. (Mediaset España)
Rocío Carrasco y Antonio David Flores, en su juventud. (Mediaset España)

En ese escrito se concluye que "en ambos informes se dice expresamente que el trastorno que padece la denunciante es reactivo a ciertas conductas y en concreto a las conductas del padre de sus hijos, y continuos ataques que sufre por parte del mismo en los medios de comunicación, que coincide plenamente con la evolución de carácter negativo que sufre la señora Carrasco".

Estamos hablando de un caso que la propia Fiscalía había derivado al Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Alcobendas al considerarse falta de competencias para juzgarlo y que fue sobreseído temporalmente en noviembre de 2018, sobreseimiento que confirmaría posteriormente el Supremo.

Foto: Rocía Carrasco. (Getty)

Para arrojar luz sobre estos conceptos judiciales, que tanta confusión están generando en el debate social que ha suscitado el documental 'Rocío, contar la verdad para seguir viva', contactamos con la abogada Silvia Tiffon, socia de TIDA Asesores. La letrada subraya la distinción ente sobreseimiento libre y provisional. En el primer supuesto se produce cuando "no se considere delito a los hechos investigados, cuando no existen indicios racionales de que se haya producido el hecho o cuando a los procesados no se les pueda atribuir responsabilidad penal. En este caso, no se podrá reabrir la causa y tendrá la consideración de cosa juzgada".

¿Se puede reabrir el caso?

En cuanto a un caso sobreseído provisionalmente, como el que nos ocupa, los elementos puestos en valor son muy diferentes: "Si la causa se sobreseyese porque el juez entiende que no resulta debidamente justificada la comisión del delito o cuando, de haberse cometido un delito, no existen motivos suficientes para acusar a una persona como posible autor del mismo, se procederá al archivo de la causa mediante el sobreseimiento provisional".

Para que un caso como el de Rocío Carrasco contra Antonio David se reabra tendrían que darse una serie de condiciones, que nos explica la abogada: "El sobreseimiento temporal consiste en un archivo temporal de la causa, de forma que, mientras no haya prescrito el delito que se ha investigado, sí se podrá reabrir la causa si se solicita la reapertura del mismo. Cuando existan nuevos datos o nuevas pruebas sobrevenidas que hagan necesaria la reapertura. El sobreseimiento provisional puede durar mientras no prescriba el delito. De esta forma, cuando el delito prescriba, el sobreseimiento pasará a ser una resolución definitiva (sobreseimiento libre), con efectos de cosa juzgada".

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Rocío Carrasco, en 'Contar la verdad para seguir viva'. (Telecinco)

Para hacernos una visión de conjunto de la situación que arrastran Rocío y Antonio David, debemos destacar que en Vanitatis hemos tenido acceso en exclusiva a al menos 10 de los informes que ha ido presentando el equipo legal de la hija del recordado Pedro Carrasco en sus distintos litigios con el ex guardia civil, fechados entre 2011 y 2017, que, según nos dicen, no se habían presentado antes por "miedo" y porque consideraban que "de haberlo hecho, lo habría utilizado el Sr. Flores" en los careos judiciales por los procesos de modificación de medidas en la custodia de sus dos hijos. Un miedo a perder a sus hijos, que, por cierto, ella misma daba por materializado en su desgarrador testimonio en 'Rocío, contar la verdad para seguir viva'.

Tres años de instrucción

En los mencionados informes se vierten afirmaciones que evidencian las dificultades que ha arrastrado la hija de Rocío Jurado en este sentido en todos estos años: “La sintomatología que presenta es compatible con un cuadro ansioso-depresivo con crisis de angustia y ansiedad generalizada”; “sufre síntomas de depresión con insomnio, sensación de tristeza, ideación mórbida”; o “tiene bajo estado de ánimo y manifestaciones físicas múltiples derivadas de la ansiedad".

Su abogado, Javier Vasallo, explicaba esta semana en 'El programa de Ana Rosa' que “llevamos tres años de instrucción, con unas investigaciones contundentes, con mucha intervención pericial y prueba documental técnica y científica al respecto, con intervención de profesionales de distintas áreas. Son casi cinco tomos y dos de ellos desdoblados. Estamos hablando de muchos folios de instrucción".

Y añadía: "Algo que podría ser incluso inusual para un delito de violencia de género. ¿Por qué? Porque, efectivamente, las agresiones que denuncia Rocío Carrasco son continuadas en el tiempo, de carácter psicológico, derivadas por la actuación de una persona concreta. Que nacen cuando nacen y que se dice por parte de la denunciante. Que se propagan a través de medios de comunicación y que causan además la continuidad en el daño psicológico”.

Foto: Antonio David Flores. (Cordon Press)

En cuanto a la dolencia diagnosticada a Rocío, el trastorno ansioso depresivo mixto, en su caso cronificada, según ella desvelaba en el documental, Javier Rodríguez, psicólogo general sanitario en Grupo Cambia, le detallaba a nuestra compañera Inés Gutiérrez que “asociados a la depresión encontramos sentimientos de culpa, normalmente por cuestiones del pasado. Situaciones que nos cuesta asimilar y que no hemos superado".

"En el caso de la ansiedad, las preocupaciones están más relacionadas con el futuro, ante la duda de cómo afrontar o superar algo. Algunos síntomas se manifiestan en forma de apatía, de falta de interés y desesperanza. También puede haber una pérdida de apetito físico y sexual, así como problemas relacionados con el sueño”, afirmaba el especialista, que destacaba también los síntomas físicos que pueden emerger en forma de taquicardia, mareos o náuseas.

"Trastorno de adaptación en su forma de reacción mixta de ansiedad y depresión". Es este el preciso diagnóstico que aparece reflejado en un informe pericial fechado el 3 de julio de 2016 y que se hace constar en la causa de Rocío Carrasco contra su exmarido, Antonio David Flores, a quien acusó ante los tribunales de un presunto delito por lesiones psicológicas.

Antonio David Flores Rocío Carrasco