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Cayetano Martínez de Irujo recibe un revés judicial
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Cayetano Martínez de Irujo recibe un revés judicial

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la decisión adoptada en 2006 por la Audiencia Provincial de Madrid que falló que un reportaje de la revista Qué

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la decisión adoptada en 2006 por la Audiencia Provincial de Madrid que falló que un reportaje de la revista Qué me dices sobre Cayetano Martínez de Irujo, hijo de la Duquesa de Alba, no vulneraba su derecho al honor ni a la intimidad.

El TS desestima el recurso de apelación interpuesto por Cayetano Martínez de Irujo contra la editora de la publicación, Hachette Filipacchi, contra la sentencia de la Audiencia Provincial y confirma dicha resolución. La sentencia parte de que prevalece en un Estado democrático de derecho como es España, el derecho a la libre información y expresión en España. A su vez, indica que el ejercicio de esos derechos se ha producido conforme a los parámetros constitucionales.

El número 451 de la revista Qué me dices de 5 de noviembre de 2005, recuerda la sentencia, publicaba fotografías de Cayetano Martínez de Irujo "no consentidas" de su luna de miel en Marruecos con comentarios "peyorativos" sobre él, que no eran ciertos y que incidían en aspectos relativos a su esfera íntima.

El TS también recuerda que la Audiencia Provincial indicaba que se trataba de un personaje de notoriedad pública tanto por su profesión de jinete, como por su cuna y por sus frecuentes apariciones en los medios de comunicación y debía soportar críticas.

El alto tribunal, a su vez, señala que la noticia cumplía el requisito de veracidad al fundamentarse en otro reportaje emitido con anterioridad. Además, recuerda que la Audiencia Provincial en su decisión de 2006 señalaba que la información no era ofensiva.

"La prensa rosa tiene un componente informativo en el que prima la finalidad de entretenimiento, por lo que no es exigible una precisión absoluta en su información ni un especial esmero en la búsqueda de la trascendencia social de la noticia que transmite", señalaba la Audiencia Provincial en su decisión confirmada por el TS.

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