El Supremo desestima una demanda de la duquesa de Alba contra Cuatro
En 2008, Cuatro informaban sobre el estado de salud de la aristócrata y su intención de contraer matrimonio con Alfonso Díez. Ponían en duda sus intenciones
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El derecho a la intimidad de la duquesa de Alba no fue vulnerado. Esta es la decisión a la que ha llegado la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo tras la demanda que presentó Cayetana Fitz-James Stuart contra el programa Las mañanas de Cuatro, al considerar que había violado sus derechos informando sobre su intención de contraer matrimonio con Alfonso Díez y las posibles consecuencias que tendría esta decisión para su patrimonio y su familia.
Los hechos se remontan al 25 de septiembre de 2008 cuando, el equipo del programa presentado por aquel entonces por la desaparecida Concha García Campoy, vertió informaciones y opiniones sobre el estado de salud de la duquesa de Alba y sus planes de pasar de nuevo por la vicaría, como así hizo finalmente el 5 de octubre de 2011. En ese momento se cuestionó las intenciones de Alfonso Díez, que hasta la fecha era un personaje desconocido y se subrayaba que no pertenecía a la aristocracia.
La sentencia a la que ha llegado el Tribunal Supremo señala que todas las alusiones y especulaciones se hicieron dentro de un tono de respeto a la duquesa, reconociendo su popularidad y el cariño de la gente, su personalidad especialmente fuerte e independiente y para expresar la preocupación porque la persona que iba a casarse con ella pudiera buscar más el provecho propio que el de la demandante.
El derecho a la intimidad de la duquesa de Alba no fue vulnerado. Esta es la decisión a la que ha llegado la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo tras la demanda que presentó Cayetana Fitz-James Stuart contra el programa Las mañanas de Cuatro, al considerar que había violado sus derechos informando sobre su intención de contraer matrimonio con Alfonso Díez y las posibles consecuencias que tendría esta decisión para su patrimonio y su familia.